Los fabricantes de vehículos matriculados a partir del 20 de mayo del 2018 deberán aportar todos los datos técnicos que se les requiera.
En septiembre de 2019, las estaciones españolas de la ITV incorporaron dispositivos de lectura OBD para la revisión del sistema de control de emisiones (o E-OBD). Una prueba complementaria a las tradicionales sobre gases y opacidad que ya se está realizando a todos los vehículos fabricados desde el 2006.
En mayo de este año, y en línea con las directrices de la Directiva UE 2014/45, llega la enésima novedad: el requisito a los fabricantes de los datos técnicos de cualquier modelo de vehículo. Un requisito que afecta a todos, puesto que la intención a la hora de controlar estos parámetros no es otra que evitar la posible manipulación por parte del usuario.
Cabe mencionar que esta normativa, que abarca otras cuestiones más allá del requerimiento de los datos técnicos a los fabricantes, ya entró en vigor en España el 20 de mayo de 2018 a través de los RD 563/2017 y RD 920/2017, aunque será en 2020 cuando algunos de los cambios previstos entren en marcha. Así, las campañas de la ITV de este año van a comprobar los siguientes datos:
Esta normativa, que afectará tanto a turismos como a vehículos comerciales e industriales, prevé algunas excepciones en el caso de vehículos individuales o de series cortas. Para vehículos que hayan sido homologados por etapas (mixta o multifásica), los responsables de su construcción deberán pasar al fabricante final la información técnica del sistema, componente o unidad que hayan producido y será la marca que logotipa el vehículo la encargada de facilitársela a la ITV si fuese el caso.
Otros cambios de la ITV que llegan en 2020